COMUNICADO 001-2025
En relación al comunicado que SMCV ha propalado sobre una “acción de amparo” que estaría inaplicando la Ley N° 31632 y consecuentemente anuncia que se estarán comunicando con los trabajadores que tengan pendiente definir la forma de compensación de las licencias con goce otorgadas
COMUNICADO 014-2024
El día de ayer 10 de octubre de 2024, en horas de la madrugada el SINDICATO CERRO VERDE Y SOCIEDAD MINERA CERRO VERDE S.A.A. suscribimos el convenio colectivo 2024 – 2028, producto de una negociación legal bajo los alcances de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
COMUNICADO 013-2024
el Juzgado Constitucional de Arequipa ha emitido sentencia declarando improcedente nuestra demanda de nulidad de convenio colectivo entre SMCV y el SUTRACV, bajo el argumento de tener dudas sobre la procedibilidad de la demanda en la vía constitucional, considera el juez que la vía adecuada
COMUNICADO 012-2024
El desarrollo de la negociación colectiva con SMCV se está llevando regularmente dos veces por semana, a la fecha estamos desarrollando los puntos socio laborales y estamos entrando al debate de los puntos económicos.
COMUNICADO 011-2024
“Las cláusulas de la convención colectiva de trabajo continúan rigiendo mientras entre en vigencia una convención colectiva posterior. La entrada en vigencia de una nueva convención colectiva no afecta la vigencia de las cláusulas permanentes, salvo que éstas hayan sido modificadas o derogadas expresamente”.
COMUNICADO 010-2024
el día de hoy 9 de agosto, se dio inicio a la negociación colectiva en su etapa de trato directo; las partes de manera voluntaria y satisfactoria instalamos dicha etapa, fijando las reglas que regirán el desarrollo de la negociación colectiva.
COMUNICADO 009-2024
de la Autoridad Administrativa de Trabajo disponiendo dar inicio a la negociación colectiva vía trato directo, finalmente Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. ha convocado a la Comisión Negociadora del Sindicato Cerro Verde para el día 9 de agosto del año en curso,
COMUNICADO 008-2024
frente a nuestra convocatoria, mediante DECRETO SUB DIRECTORAL N° 958-2024-GRA-GRTPE-DPSC-SDNC la Dirección de Relaciones Colectivas de Trabajo ha reconocido dicha convocatoria, por lo que SOCIEDAD MINERA CERRO VERDE S.A.A. ha quedado válidamente emplazada para acudir a la reunión
COMUNICADO 007-2024
mediante AUTO SUB DIRECTORAL N° 43-GRA/GRTPE-SGPSC-ANCRG la Autoridad de Trabajo ha declarado no haber lugar a los solicitado por la empresa y reconoce que el Sindicato Cerro Verde, al presentar su pliego de reclamos, ha cumplido con todos los requisitos de ley
COMUNICADO 006-2024
los actos tenidentes a dilatar y/o entorpecer el logro de un acuerdo en el marco de la negociación colectiva, están calificados como ACTOS DE MALA FE NEGOCIAL.